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En el cálculo de la cantidad máxima que cada entidad local podrá destinar de su superávit al gasto social al amparo del RDL 11/2020, de 31 de marzo, si una entidad local estima que la liquidación del presupuesto del 2020 va a arrojar déficit, ¿puede seguir con la utilización de ese superávit?

No, si una Entidad local estimara que va a liquidar el presupuesto de 2020 con déficit según contabilidad nacional, no podría utilizar el superávit en los términos del artículo 3 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, puesto que llevaría a

En base a lo establecido en el artículo 3 del RDL 8/2020, de 17 de marzo sobre el posible destino del superávit a gastos sociales ¿qué cantidad máxima puede tomarse del superávit para financiar esos gastos sociales?

Según el citado artículo, la cantidad máxima a destinar de su superávit en relación con el artículo 3 del RDL 8/2020, será, en base a lo establecido en el artículo 20 del RDL 11/2020, de 31 de marzo, por el que se

¿Cuáles son los requisitos que tienen que cumplir de forma previa las entidades locales para poder destinar de forma excepcional una parte de su superávit a los gastos sociales del COVID-19?

Tal y como señala el artículo 3 del RDL 8/2020, deben cumplir los requisitos establecidos en la DA 6ª LOEPSF, esto es, No superen o cumplan los límites para la autorización del endeudamiento. Capacidad de financiación en términos del Sistema Europeo de

En cuanto a la ampliación del ámbito objetivo de las IFS, ¿además de los gastos de inversión (capítulo 6) de la política de gasto 23 “Servicios Sociales y promoción social”, se pueden incluir también los gastos corrientes, a tenor de lo establecido en el artículo 3 del RDL 8/2020?

Sí, además de gastos en inversiones (capítulo 6) de la política 23 “Servicios Sociales y Promoción Social”, se podrá destinar, con carácter excepcional, a gasto corriente (capítulo 1, 2 y 4) en las prestaciones enumeradas en el apartado 2 del artículo 1

Según establece el artículo 3. Destino del superávit de las entidades locales correspondiente a 2019 y aplicación en 2020 de la disposición adicional decimosexta del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, del RDL 8/2020 ¿se puede considerar que se prorrogan para el ejercicio 2020 las reglas especiales del superávit del 2019 contenidas en la DA 6º de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, LOEPSF, tal y como se ha venido haciendo en los últimos años?

NO se ha prorrogado para 2020 la aplicación de los destinos alternativos del superávit presupuestario de la Disposición Adicional Sexta de la LOEPSF, sino que se ha autorizado este destino excepcional por efecto del COVID-19, previa aplicación de los requisitos establecidos en

¿Las entidades locales están obligadas a remitir al Pleno y a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) el Resumen Anual de Control Interno antes del 30 de abril?

Efectivamente, al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, que regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, la IGAE publicó en el BOE del 6 de abril, la Resolución

¿Las entidades locales están obligadas a formular, rendir y remitir tanto las cuentas anuales y la Cuenta General de 2019 como la información financiera al Tribunal de Cuentas en los plazos legalmente establecidos? ¿Cuáles son los nuevos plazos tras el fin del Estado de Alarma?

No, ya que entre las distintas medidas aprobadas por el Real Decreto-ley No, ya que entre las distintas medidas aprobadas por el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y

Con ocasión de la tramitación de las ayudas aprobadas por diversas entidades locales para hacer frente a las diversas situaciones motivadas por la crisis sanitaria del COVID-19, ¿cuáles son las vías disponibles para solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria determinada información tributaria, en sustitución de posibles requerimientos a los ciudadanos?

Esta información se trasladó a todas las Entidades Locales en la Circular 41/2020 de la FEMP, de fecha 20 de abril. Para acreditar ante otras Administraciones Públicas, y en particular ante las Entidades Locales, circunstancias de carácter tributario, la Agencia Estatal de

¿Qué sucede con los intereses de demora durante la vigencia del Estado de Alarma?

Conforme interpretación del Ministerio de Hacienda, no habiéndose aprobado norma especial, los intereses de demora se devengarán con normalidad, tanto a favor del obligado tributario como a favor de la Hacienda Pública. No obstante, no se incrementa la cuantía de los mismos